El Parlamento inició el tratamiento de la Rendición de Cuentas 2022.
El pasado jueves 13 de abril concurrió una delegación del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) encabezadas por su titular José Luis Falero.
En la oportunidad en la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda de la Cámara de Representantes, el director nacional de Transporte, doctor Pablo Labandera explicó el alcance de los artículos 428 y 429 que refiere a la creación de un fideicomiso de movilidad sostenible: ¿de qué se trata?.
Así lo expresó Labandera:
“El artículo 428 del proyecto de rendición de cuentas constituye el fideicomiso que ahora se llama de movilidad sostenible. No será solamente fideicomiso del gasoil, sino que también va a incluir -esa es la intención manifiesta- a otro tipo de vehículos como por ejemplo, los eléctricos, etcétera, porque además, en la práctica ya se está introduciendo en el sistema este tipo de vehículos, sobre todo a nivel departamental por las condiciones tecnológicas a las que se puede acceder por ahora con relación a las baterías. Se crea un fideicomiso de administración en el que el beneficiario final es el MEF. Se establece quién es el fideicomitante y cumpliendo con la Ley de Fideicomiso se mandata a que sea un actor financiero con la experticia necesaria el que finalmente termine administrando el fideicomiso, sin perjuicio de quienes se involucran como parte en este contrato. Por lo tanto, se autoriza al Poder Ejecutivo en ese sentido, ya sea para la constitución como para lo que es la reglamentación posterior”.
El segundo artículo, comentó Lavandera, que es el 249, “se involucra en un tema netamente práctico, pero imprescindible a los efectos de la constitución del fideicomiso, que tiene que ver con los recursos que actualmente se destinan al fideicomiso de administración del boleto. En ese sentido, se establece la preceptividad de que sean asignados al nuevo fideicomiso de movilidad sostenible, una vez constituido este. Se dispone, claramente, desde el punto jurídico para que no surja ninguna duda al respecto, que los bienes y los derechos existentes en el fideicomiso de administración de boletos, actualmente pasen de pleno derecho al patrimonio fideicomitido del nuevo fideicomiso. Esto se va hacer mediante decreto reglamentario tal cual lo mandata la ley, habilitando -seguramente, en las próximas semanas el Poder Ejecutivo determine los plazos a estos efectos-, un período de transición para implementar todos los cambios que se están planeando a nivel de este nuevo fideicomiso de movilidad sostenible en el que se crea y que se incorpora, de algún modo, todo lo que venía anteriormente”.
Fuente Imagen: Subrayado.
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