A partir del 30 de abril de 2022 entra en vigencia el registro “No llame», un nuevo derecho para proteger al usuario de telefonía móvil o fija impulsado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM). El registro “No llame” da la autoridad al usuario de telefonía a solicitar que no sea contactado con fines publicitarios, de oferta, venta y regalo de bienes o servicios no solicitados.
El registro estará abierto a toda persona física o jurídica, consumidor o usuario de un servicio de telefonía móvil o fija que manifieste su voluntad de no ser contactado con llamadas comerciales o promocionales.
Mediante este decreto se penalizará el uso abusivo de campañas publicitarias que ofrezcan bienes, servicios, regalos o promociones de servicios que no fueron solicitados por el cliente.
La inscripción en el registro se realizará a través de la propia empresa de telefonía en la que tengan servicio vigente, que dispondrá de tres vías: a través de la página web de cada compañía, de forma presencial en los lugares que las empresas determinen o por el SMS 6622, que estará habilitado a partir del próximo lunes 2 de mayo para todas las compañías telefónicas, indicó el director de Telecomunicaciones, Guzmán Acosta y Lara.
“Se trata de un derecho que el gobierno impulsa para proteger a los usuarios de telefonía celular y fija”, agregó Acosta y Lara.
A través de esas vías de contacto, los usuarios que lo soliciten ingresarán su número telefónico o todos aquellos de los que sean titulares, a un registro que estará en la órbita de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (URSEC).
Las compañías tendrán un plazo de cinco días hábiles para comunicar a la URSEC las nuevas altas del registro.
Las denuncias por incumplimiento también deberán realizarse ante el regulador, quien estará habilitada a aplicar sanciones.
La base de datos será para consulta exclusiva de las empresas que realicen campañas de marketing en forma directa o que lo hagan a través de Call Center, ya sean nacionales o extranjeros, que estarán obligadas a cotejar que los números a los que contactan no figuren en el registro “No llame”.
Estarán exceptuados de la prohibición aquellos casos en donde el usuario conceda su consentimiento, o cuando exista una relación contractual entre el titular del servicio y el prestador, siempre que el contacto refiera estrictamente a ese vínculo comercial.
“El alcance de este servicio no solamente es para las llamadas telefónicas, sino también para SMS, Whatsaap, Telegram o cualquier otra plataforma de mensajería, así también como para la telefonía fija”, complementó Acosta y Lara.
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