administrativosLlamado Nº 0209/2018.

Administrativo/a – MVOTMA – Art. 4° Ley N° 19.122

Información General

Tipo de Vínculo:

Contrato de Provisoriato

Nombre del puesto:

Administrativo/a

Período de postulación:

26/10/2018 – 15/11/2018

Tipo de Tarea: Administrativas.

Estado: Abierto.

Retribución:         $ 29.293 nominales a valores de enero 2018.

Carga horaria: 40 horas semanales.

Lugar de desempeño:

Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, (Unidad Ejecutora 001 Zabala 1432 – Unidad Ejecutora 003- Galicia 1133) Montevideo.

Tiempo de contratación:

Máximo 15 meses en régimen de contrato de provisoriato. Transcurrido dicho plazo y previa evaluación, el funcionario podrá ser incorporado en un cargo presupuestado.

Organismo y Cantidad de Puestos.

Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial: 1 Puestos.

Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Dirección General de Secretaría: 1 Puestos

Otras condiciones de trabajo.

Escalafón: C.

Grado: 01

Denominación: Administrativo y Administrativo XI

Requisitos excluyentes.

Ciclo Básico de Enseñanza Secundaria o equivalente del Consejo de Educación Técnico Profesional CETP.

Incompatibilidades

Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

Medios de Postulación

www.uruguayconcursa.gub.uy

Fuente Imagen: parabuenosaires.com