«Las Piedras, 29 de diciembre de 2008.
La Asociación Sindical de Policías de Canelones, en cumplimiento de sus cometidos, ante reiteradas denuncias recibidas de parte de policías del departamento que realizan servicios por el artículo 222 de la ley 13318, en dependencias de otras unidades ejecutoras del Ministerio de interior, sobre acciones arbitrarias tomadas por el Jefe de Policía de Canelones contra los mismos, ordenándoles que debían renunciar ha hacer 222 en otras dependencias del Ministerio del Interior, lesionado con ello sus derechos adquiridos y sus economías en una evidente acción de provocación, ha decidido hacer de publico conocimiento los hechos.
La situación es que muchos policías que trabajan en el departamento de Canelones, desde hace mucho tiempo más de ocho años en algunos casos realizan servicios especiales de vigilancia por el Art. 222 de la ley 13318, en diferentes Unidades Ejecutoras, del departamento de Montevideo como ser Jefatura de Policía de Montevideo, Dirección Nacional de Inteligencia, etc. porque las reglamentaciones amparan a los compañeros, que en forma voluntaria decidieron donde quieren realizar servicios por Art. 222. No existiendo en el Reglamento de Prestación de Servicios Contratados, disposiciones que establezcan que los policías solo deben hacer servicios 222, únicamente en la unidad ejecutora a la que pertenecen presupuestamente.
Las razones que han llevado a estos compañeros a realizar servicios 222 a otras unidades ejecutoras son entre otras: Su disconformidad con muchos manejos discrecionales en cuando a las designaciones y distribución de los servicios 222 en Canelones, ya que observan como a algunos policías se les dan muchas mas horas pagas que a otros por sus afinidades con jerarcas; La poca cantidad de horas que se les asignan regularmente que ronda el promedio de 100 a 120 horas con suerte cuando el máximo permitido de realizar es de 200 horas; La no seguridad del cobro de la totalidad de las horas trabajadas a fin de mes, con la consecuente inestabilidad que genera el no saber cuanto dinero van a cobrar por su trabajo, dependiendo esto si los contratantes, cumplieron o no a tiempo con el pago de los servicios contratados a Jefatura, Esta situación a generado que se clasifiquen dos tipos de servicios 222 en el Departamento, los impagos y los pagos, popularmente llamados por los compañeros servicios «Verdes» y «Maduros» cuya proporción en los servicios asignados es puramente discrecional. Todos estos hechos no ocurre cuando realizan servicios 222, en Montevideo sea por esta Jefatura o por dirección Nacional de Inteligencia, u otras. En este caso los policías son asignados a un único servicio que realizan regularmente en una cantidad de horas fijas que ronda las 150 promédiales, que son íntegramente cobradas cada mes, con lo cual poseen estabilidad laboral, en cuanto a este rubro de sus ingresos. Teniendo la posibilidad de llegar a las 200 horas mensuales por haber disponibilidad. Además de contar con una mejor organización en cuanto a la gestión de los Servicios Especiales desde hace muchos años.
Con fecha 9/10/08 por comunicado general 291, se puso en conocimiento de estos compañeros que la Dirección Nacional de Información e Inteligencia, por orden de servicio requería que los policías que realizaban 222 por esa dirección contaran con la autorización de los respectivos comandos de las unidades ejecutoras donde prestaran los compañeros servicio. Entendiendo el requerimiento de la autorización del comando de Canelones como un mero formalismo ya que algunos de ellos llevan 5, 6 y hasta 8 años realizando 222 en Inteligencia, comenzaron a formalizar las solicitudes respectivas. Las cuales comenzaron a ser denegadas por el Comando de la Jefatura de Policía de Canelones, argumentándose la escasez de policías voluntarios para hacer 222 en Canelones. Por cuanto viéndose los compañeros lesionados en derecho y viendo los daños materiales que estas denegaciones les generarían, comenzaron a denunciar los hechos y los daños económicos que se le ocasionaban con ello.
La escusada escasez de policías voluntarios para realizar servicios 222 en canelones no existe, el promedio mensual de horas distribuidas a los policías ronda las 100 a 120 con unidades que aumentan o disminuyen del promedio, dependiendo de la cantidad de contratantes que hay en la jurisdicción. Muchos compañeros se quejan por la poca cantidad de horas que se les asigna mensualmente, y quisieran realizar mas pero no hay para hacer a menos que se pasen todo el mes a la pesca de algún servicio que quede libre o falte su titular; Los casos de policías excedidos o que llegan cerca de las 200 horas del limite mensual, son pocos y cada vez mas extraños en relación a la cantidad de policías que hacen 222 el Departamento. Si existiere la mencionada escasez de policías para hacer 222, la gran mayoría de los policías deberían de estar rondando el límite máximo de 200 horas, hecho que no ocurre, porque lo que escasea son servicios 222 para distribuirle a los policías.
Existe además el decreto 195/993 de fecha 4/5/93, que agrega al costo del servicio pagado por el contratante por servicio 222, un 10%, que se destina a los oficiales de «control» de los servicios los cuales cobran solo por darse una vuelta por el servicio y firmar la boleta del policía y para algunos como ser directores y oficiales superiores ni eso solo cobran por su cargo sin que tengan que hacer nada para ello. Apreciamos que los policías que realizan 222 en otras unidades Ejecutoras, el 10% que generan por su trabajo lo cobran los oficiales de Control de esas Unidades Ejecutoras. Por lo cual las Jerarquías de Canelones previstas en el Articulo 29 del Reglamento del 222 y otras, que son las mismas que están interviniendo y decidiendo la negativa de las solicitudes de los compañeros, se podrían sentir económicamente afectadas si los compañeros hacen 222 en otras Unidades Ejecutoras.
La negativa de las solicitudes argumentando la «escasez de policías voluntarios» no tiene fundamento, ya que el negarles hacer 222 en otra Unidad Ejecutora no es vinculante con que desearan hacer en el Departamento, a menos que se pretenda utilizar las necesidades económicas de los policías, para quebrantar su voluntad, y que ellos decidan forzados por sus necesidades económicas realizar 222 en Canelones.
A mediados de la semana pasada se emite en Canelones una orden de servicio titulada «NO HACER LUGAR A SOLICITUDES PARA REALIZAR SERVICIOS Art. 222, EN OTRAS DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR» la cual dice «Conforme lo dispuesto por el señor jefe de policía del departamento en resolución «A» Nro. 268/08 -en virtud de la existencia de diversos trámites efectuados por policías de esta jefatura, con el fin de prestar servicios especiales por el artículo 222 en otras dependencias del ministerio del interior. SE DISPONE: no hacer lugar a gestiones de esta índole debido a los inconvenientes que representa para esta unidad ejecutora para cumplir con los servicios contratados por esta jefatura debido a la escasez de policías voluntarios. Por lo tanto también se deberá notificar a los policías que aun realizan servicios en dichas dependencias que a partir del 1/01/2009, deberán renunciar a los mismos.» Esta orden excede la situación expuesta por el requerimiento de la Dirección Nacional de Inteligencia, extendiéndose a todas las Unidades ejecutoras del Ministerio del Interior. Además de poseer a nuestro entender graves irregularidades administrativas, y una violación de los derechos fundamentales de la condición humana como es el derecho a decidir, cuando se le dispone que deberá, renunciar. La renuncia es un acto voluntario del individuo y se pretende quebrantar la voluntad de los compañeros, por medio de una orden y se les pretende intimidar para que obedezcan y renuncien, notificándolos de una orden que entendemos irregular.
Nuestros compañero que realizan 222 en otras unidades Ejecutoras, diferentes a la Jefatura de Policía de Canelones, no han infringido ninguna norma, al expresar su voluntad de realizar servicios 222 fuera de Canelones y de ninguna forma el trabajo protegido por la Constitución de la Republica, puede considerarse o interpretarse como una falta. Han cumplido con los servicios 222 a cabalidad por muchos años, por tanto tienen derechos adquiridos para cumplir con estos servicios y manejan su situación económica contando con este ingreso regular. Con esta medida se les esta afectando gravemente en cuanto a sus ingresos, consecuentemente afectando a sus familias.
La orden indicada es arbitraria y un resabio de viejos tiempos autoritarios cuando había quienes creían que podían decidir y ordenar que debieran pensar los policías, resabios que día a día vemos que están escondidos esperando la menor oportunidad para salir pese a las declaraciones publicas que se hacen. De cumplirse esta orden, afectara los derechos de los compañeros generándole perjuicios económicos, por cuanto, entendemos que los compañeros podrán reclamar al Ministerio del Interior por los daños y perjuicios de esta situación generen ya que no han incurrido en ningún delito o falta administrativa. Mas aún cuando no se les ha permitido, recurrir los actos administrativos por los cuales se les genera el daño, porque no se genera el mismo al no hacer lugar a la gestión. y aplicarse en forma genérica la resolución A268/08.
La renuncia que la orden se servicio expresa, que «se dispone …. Deberá», de hacer 222 fuera de Canelones, es un acto de autoritarismo, a nuestro entender una violación a los derechos de inherentes a la condición humana de los compañeros. Se coloca expresamente en la orden la palabra «renunciar», porque se sabe que no pueden ordenar ni prohibir que los policías hagan 222 fuera de Canelones, a sabiendas de estarse excediendo en su Jurisdicción y en las potestades. Y para que en el caso de recurrirse los daños se puedan argumentar que fue una renuncia voluntaria. Mientras que los policías son intimidados mediante ser notificados, de esta orden irregular. ¿Que ocurriría si no la acatan acaso se tomaran medidas contra los mismos? ¿Se les Sancionara por no haber acatado una orden superior?
En cuanto a la situación generada en el caso de que los policías acaten la orden y renuncien al 222 en otras dependencias del Ministerio del Interior, vemos claramente que no hay nada que obligue a estos policías a realizar 222 en Canelones, por tanto la situación de escasez argumentada de personal, no tiene porque verse afectada ni mejorada, de forma alguna. Al menos que se cuente con explotar las necesidades económicas de los policías afectados para que necesariamente al habérseles prohibido de hecho, hacer 222 fuera de Canelones, estos policías se vean por la necesidad obligados a hacer 222 en este Departamento. Lo cual es inmoral a nuestro entender.
La misma orden de Servicio mencionada, posee a nuestro entender una grave irregularidad, cuando expresa que «se dispone. no hacer lugar a gestiones de esta índole» o «no hacer lugar a solicitudes», con lo cual ya no expresa que se denegaran la solicitudes que pudieran presentarse sino que no se dará lugar a la gestión, con lo cual se viola el derecho constitucional de petición, sino que se niega la realización del acto administrativo, el cual es legalmente recurrible jerárquicamente, al no tramitarse las solicitudes y resolverse sobre las mismas, no se decide por tanto, no son pasibles de recurrir, y por tanto se violan todas las garantías del administrado, en cuanto a sus derechos y garantías dentro del acto administrativo.
Vemos claramente con esta y otras situaciones que esta Asociación ha denunciado, que el Comando de la Jefatura de Policía de Canelones esta jugando con las necesidades de los policías en procura de oscuros objetivos que solo podemos adivinar. Tomando dediciones tendientes a provocar la reacción adversa del personal, quizás para forzar la adopción de drásticas medidas gremiales para alcanzar intereses que no desvelan abiertamente. Vemos que muchas veces se actúa desobedeciendo abiertamente y desafiantemente las ordenes, recomendaciones y lineamientos Ministeriales, mientras que las autoridades del Ministerio del Interior se empecinan en respaldarlos, y darles su confianza públicamente.
Esperamos sinceramente que el Ministerio del interior revierta esta arbitrariedad para que nuestros compañeros puedan seguir trabajando donde han decidido voluntariamente hacerlo, el trabajo es una virtud consagrada y protegido por el derecho, no una falta que pueda tratar de reprimirse, que es en esencia lo que pretende hacer la orden que referimos, la grave falta de nuestros compañeros, es no hacer 222 en Canelones y tratar de con el fruto de su trabajo pagar las cuentas de cada mes».
Jorge MOLINA.
Presidente.
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