La Intendencia de Montevideo (IM) recuerda la responsabilidad de los ciudadanos de mantener en buen estado y en condiciones higiénicas las veredas, incluyendo las áreas verdes.

Como primer etapa del Plan de Veredas 2013 se intima a reparar o reconstruir las veredas en mal estado a los poseedores a cualquier título de los predios con frente a las siguientes calles:

Municipio A

Carlos María Ramírez: entre Yáñez Pinzón y el Arroyo Pantanoso

Municipio B

Colonia: entre Andes y Julio Herrera

San José: entre Andes y Julio Herrera

Soriano: entre Andes y Julio Herrera

Canelones: entre Andes y Julio Herrera

Maldonado: entre Andes y Julio Herrera

Durazno: entre Andes y Julio Herrera

Bulevar Artigas: entre Rambla y Nueva Palmira acera impar

Municipio C

Br Artigas: entre Nueva Palmira y Martín Fierro

Garibaldi: entre José L. Terra y Rocha

Gral Flores: entre Libres e Isidoro de María

José L Terra: entre Libres e Isidoro de María

Ramón del Valle Inclán: entre Libres e Isidoro de María

Martín García: entre Gral Flores y Porongos

Juan J. de Amézaga: entre Gral Flores y Porongos

Municipio CH

Bvar Artigas: entre Rambla y Monte Caseros acera par

Av. Rivera: entre Bvar Artigas y Luis A. De Herrera

Garibaldi entre Av. Italia y Av. 8 de Octubre

Municipio D

Av. Gral San Martín: entre Chimborazo y José Batlle y Ordoñez

Av. 8 de octubre: entre Larravide y Pan de Azúcar acera impar

Municipio E

Av. 8 de Octubre: entre Larravide y Pan de Azúcar acera par

Rbla Rep. De México: entre Divina Comedia y Potosí acera habitada

Alfredo Arocena: entre Rbla Rep. De México y Gabriel Otero

Costa Rica: entre Rbla Rep. De México y Gabriel Otero

Carlos F. Sáez: entre Gabriel Otero y Gabriel Otero

Municipio F

Av. 8 de Octubre: entre Pan de Azúcar y Avda. José Belloni

Municipio G

Av. Millán: desde el Arroyo Miguelete hacia el norte.

Los ciudadanos comprendidos en las direcciones mencionadas y cuyas veredas no se encuentren en buen estado de conservación, tendrán un plazo máximo de cuarenta y cinco días corridos a partir del lunes 11 de febrero para la ejecución de las obras.

La IM señala que de constatarse el incumplimiento, se procederá a la aplicación de las sanciones previstas en el Digesto Municipal, sin perjuicio de la facultad de la Administración de disponer la ejecución de las obras, con cargo a la propiedad.

Fuente: Intendencia de Montevideo. www.montevideo.gub.uy