Nelson Rodríguez, diputado del Partido Nacional, con el respaldo de toda la Bancada de legisladores de Aire Fresco, presentará en la Cámara de Representantes, un proyecto de Ley para regular los plazos en los cuáles el Ministerio de Salud Pública se debe expedir, cuando las Instituciones Médicas solicitan autorización para adquirir, enajenar, arrendar o prendar equipos sanitarios.
En la misma se establece que el MSP, tendrá un plazo máximo de 90 días para aprobar dichas autorizaciones, de lo contrario vencido el plazo, se da la aprobación tacita y las Instituciones pueden proceder a realizar el acto para el cual se solicita autorización,
A través de esta Ley se busca evitar el tortuoso camino burocrático en el que deben ingresar las Instituciones Médicas para incorporar nueva tecnología, donde hubo casos en donde el MSP se tomó varios años para resolver una autorización.
EXPOSICION DE MOTIVOS
En el presente proyecto de ley se pretende modificar lo establecido en el articulo 14 literal b) de la Ley 15181 con respecto a las autorizaciones que se deben recabar al Ministerio de Salud Pública, por parte de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva para adquirir, enajenar, arrendar o prendar equipos sanitarios.
Con dicha norma las Instituciones de Asistencia Médica para incorporar nueva tecnología deben ingresar en un tortuoso camino burocrático que no se sabe cuándo puede llegar a finalizar.
Hay autorizaciones que han demorado hasta 6 años y entendemos que las autorizaciones que debe otorgar el Ministerio de Salud Pública, se deben dar en plazo mucho más corto, teniendo en cuenta el avance de la tecnología y tomando en cuenta que muchos productos científicos al poco tiempo ya quedan obsoletos.
Entendemos que es necesario ponerle un límite a la discrecionalidad y establecer un plazo a los efectos de que el Ministerio de Salud Pública autorice la adquisición, enajenación, arrendamiento o prenda de equipos sanitarios.
A dichos efectos se propone otorgar un plazo de 60 días prorrogables por 30 días más por Resolución fundada, vencido dichos plazos la autorización solicitada queda aprobada tácitamente.
PROYECTO DE LEY
Artículo 1) Modificase el Literal b) del Artículo 14 de la Ley 15181 del 2 de setiembre de 1981 y denominada Decreto-Ley por Ley 15738 de fecha 22 de marzo de 1985 , el cual quedará redactado de la siguiente manera:
B) Adquirir, enajenar, arrendar o prendar equipos sanitarios;
El Ministerio de Salud Pública tendrá un plazo de 60 días hábiles para otorgar las autorizaciones previstas en el presente literal, el cual se podrá extender por 30 días hábiles por Resolución fundada, vencido el plazo de sesenta días hábiles desde la presentación de la solicitud, si no ha mediado prórroga o vencida la misma sin que exista resolución expresa notificada al interesado, se considerada aprobada tácitamente y se podrá efectuar el acto para el cual solicita autorización.
Fuente Imagen: flickr.com
Últimos Comentarios