Ante la aprobación de media sanción del proyecto de ley del trabajo en plataformas, que pretende regular en forma específica esta modalidad de trabajo queremos expresar nuestro desacuerdo a dicho proyecto:
Los impulsores de esta regulación argumentan que estas actividades inevitablemente deben prestarse bajo la modalidad de trabajador de no dependiente, debido al avance tecnológico y la evolución del mercado laboral. Pero nosotros entendemos que la tecnología no determina por sí misma la forma de la realización del trabajo, si no que ésta sigue siendo una decisión humana.
El proyecto sostiene no pronunciarse respecto a la autonomía o la dependencia de quienes realizan la tarea, lo que en primer lugar es incorrecto por la forma que lo regula, y en segundo lugar, contempla la opción del trabajo autónomo, lo que ha sido descartado en forma unánime por todos los tribunales de justicia uruguaya que dictaron sentencias sobre el tema. Por lo tanto, de aprobarse esta ley se estaría interviniendo en los juicios laborales en curso a favor de los empresarios de las plataformas que en su gran mayoría son transnacionales, obligando a los trabajadores a aceptar los términos y condiciones impuestas por estas, sin que exista la posibilidad de optar.
También entendemos que de aprobarse el proyecto en las condiciones actuales, en las que se trata a estas empresas como meras intermediarias entre trabajador y cliente, y no como las prestadoras de servicio, se seguirá fomentando el trabajo informal y desprotegido. Estando ante una forma de trabajo en la que todos los costos de funcionamiento la pagan los trabajadores y el estado a través de la seguridad social y salud sin que los empresarios contribuyan como lo hacen en todas las demás actividades.
Reiteramos nuestro total desacuerdo sobre esta iniciativa, creemos que la legislación actual contempla esta modalidad de trabajo sin que sea necesario una regulación específica.
Montevideo, 8 de agosto de 2024.
SECRETARIADO EJECUTIVO.
Fuente Imagen: www.revistaeyn.com
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