El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) modificó el plazo de comunicación de las solicitudes de seguro de desempleo parcial para los sectores de actividad incluidos en la resolución ministerial 208/2021, a saber: procesamiento de alimentos, bebidas y tabaco; comercio; hoteles y restaurantes; transporte y almacenamiento; enseñanza; servicios culturales; servicios profesionales y técnicos; entidades gremiales, sociales y deportivas.
Hasta el momento las empresas comprendidas en estos grupos podían realizar la solicitud ante el Banco de Previsión Social (BPS) un mes antes de realizarse la suspensión parcial por días u horas.
La nueva resolución (39/2022) -adjunta al comunicado-, firmada por el ministro Pablo Mieres el 27 de enero de 2022, permite que las empresas de los sectores mencionados, puedan comunicar, además de como ya lo venían haciendo, de manera posterior. Es decir, hasta el 31 de marzo de 2022 las solicitudes de amparo correspondientes al mes de febrero del año 2022, y hasta el 30 de abril del corriente las correspondientes a marzo de 2022.
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