- Personas con síntomas respiratorios que mantengan contacto con otras personas por el plazo en que duren dichos síntomas, hasta que se establezca el diagnóstico.
- Personal sanitario con atención regular directa a público o pacientes siguiendo las recomendaciones del Ministerio.
- Todo usuario y acompañante que ingrese y/o permanezca en un centro de salud, incluidos proveedores.
- Funcionarios a cargo del cuidado de grupos vulnerables, tales como ELEPEM, centros de cuidado de personas con dependencia funcional u otras situaciones de similares características. A su vez, con el mismo objetivo, el Ministerio dispone del uso altamente recomendado de mascarilla facial a personas que, sin cursar síntomas, se encuentren en las siguientes situaciones:
- Usuarios de medios de transporte colectivo, a nivel urbano, suburbano, interdepartamental e internacional.
- Personas que permanezcan en refugios, establecimientos de reclusión o instituciones de similares características.
- Personas que se encuentren en espacios dónde se sospeche la ocurrencia de un brote de enfermedad respiratoria aguda por el plazo acotado hasta que la situación se resuelva.
- Personas que permanezcan al cuidado de personas no vacunadas, como niños menores de 5 años, entre otros.
- En espacios cerrados con aglomeración de personas.
- Elaboradores y manipuladores de alimentos.
Fuente Imagen: canal11.uy