Se aprueba el proyecto de Contrato de Préstamo n° 5420/OC-UR a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo, destinado a cooperar en la ejecución del «Programa de Fortalecimiento de la Política Pública y Gestión Fiscal para la Atención de la Crisis Sanitaria y Económica Causada por el COVID-19 en Uruguay».
VISTO: el Proyecto de Contrato de Préstamo N° 5420/OC-UR, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), destinado a cooperar en la ejecución del “Programa de Fortalecimiento de la Política Pública y Gestión Fiscal para la Atención de la Crisis Sanitaria y Económica Causada por el COVID-19 en Uruguay II”; RESULTANDO: I) que el Proyecto de Contrato de Préstamo N° 5420/OC-UR financia el “Programa de Fortalecimiento de la Política Pública y Gestión Fiscal para la Atención de la Crisis Sanitaria y Económica Causada por el COVID[1]19 en Uruguay II” por un monto de hasta la suma de U$S 145:000.000 (ciento cuarenta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América), el que será amortizado en un plazo de veinte (20) años, con un período de gracia de hasta 66 (sesenta y seis) meses;
- II) que el Proyecto de Contrato de Préstamo N° 5420/OC-UR fue aprobado formalmente por el Directorio Ejecutivo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en sesión de fecha 1o de diciembre de 2021 (Resolución DE-118/21);
III) que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), será el Organismo Ejecutor del referido Programa;
CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación del proyecto de Contrato de Préstamo negociado, y suscripción del mismo, en nombre y representación del país, por la Sra. Ministro de Economía y Finanzas, Ec. Azucena Arbeleche o por el Sr. Subsecretario de Economía y Finanzas, Cr. Alejandro Irastorza, indistintamente;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, el artículo 3o del Decreto-Ley N° 15.437, de 27 de julio de 1983, y por el artículo 33 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
RESUELVE: 1o) Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo N° 5420/OC-UR a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de hasta la suma de U$S 145:000.000 (ciento cuarenta y cinco millones de dólares de los Estados i Ministerio de Economía y Finanzas Unidos de América) destinado a cooperar en la ejecución del “Programa de Fortalecimiento de la Política Pública y Gestión Fiscal para la Atención de la Crisis Sanitaria y Económica Causada por el COVID-19 en Uruguay II”, cuyo texto constituye parte integrante de la presente Resolución y que será oportunamente otorgado y suscrito, en nombre y representación de la República Oriental del Uruguay (ROU), por la Señora Ministro de Economía y Finanzas, Ec. Azucena Arbeleche o por el Señor Subsecretario de Economía y Finanzas, Cr. Alejandro Irastorza, indistintamente.
2o) Desígnanse, indistintamente, a los Dres. Marcos Álvarez Regó, Fernando Scelza Martínez, Gonzalo Muñiz Marton y Gabriela Tobías Pedronzo, para que expidan por la República los dictámenes jurídicos correspondientes.
3o) Dése cuenta a la Asamblea General, dentro de los diez (10) días siguientes a la celebración de los referidos Contratos.
4o) Comuniqúese al Tribunal de Cuentas, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013.
5o) Pase a la Unidad de Relacionamiento con Organismos Multilaterales del Ministerio de Economía y Finanzas a los efectos de la correspondiente comunicación. Cumplido, archívese.
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