Sociedad Uruguaya

Ferrere sobre modificación del Decreto de Rotulado Frontal de Alimentos

Por Decreto de fecha 26 de enero de 2021, aprobado en Consejo de Ministros, se sustituyó el Anexo del Decreto 246/020 que establecía los límites a partir de los cuales se debía agregar el octógono.

Las modificaciones sustanciales son las siguientes:

Por último, se establece que la entrada en vigencia de este Decreto será a partir del 1º de febrero de 2021.

Adjuntamos link al mencionado Decreto.

El trabajo fue elaborado por los profesionales Agustín Marchesano, Mathías Rojas; y Josefina Sanguinetti.

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