Compartimos la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Decreto 413/019, por el cual, se actualiza el valor del timbre de Registro de Testamentos y Legalizaciones creado por art. 21 de la Ley 17.707 de 10 de noviembre de 2003, para el período comprendido entre el 1º de enero y el 30 de junio de 2020.
(186*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 31 de Diciembre de 2019
VISTO: que corresponde al Poder Ejecutivo actualizar los montos del “Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones” creado por la Ley Nº 17.707 de 10 de noviembre de 2003.
RESULTANDO: I) que el artículo 21 de la citada Ley, establece que el Poder Ejecutivo actualizará semestralmente su valor, en tanto su actualización se realizará el 1º de enero y el 1º de julio de cada año en función de la variación del Índice de Precios al Consumo, determinado por el Instituto Nacional de Estadística en los períodos 1º de junio a 30 de noviembre y 1º de diciembre a 31 de mayo respectivamente.
- II) que la variación operada por el mencionado Índice, en el período
comprendido entre el 1º de junio y el 30 de noviembre de 2019 fue del 4,04% (cuatro con cero cuatro por ciento)
CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la actualización del mencionado tributo.
ATENTO: a lo expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Actualízase el valor del Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones creado por el artículo 21 de la Ley Nº 17.707 de 10 de noviembre de 2003, el que será de $ 1.821,00 (pesos uruguayos mil ochocientos veintiuno) para el período comprendido entre el 1º de enero y el 30 de junio de 2020.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; DANILO ASTORI.
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