IMPUESTO DE ENSEÑANZA PRIMARIA.
– Por inmuebles rurales afectados directa o indirectamente a explotaciones agropecuarias.
Presentación de declaración jurada establecida en el numeral
1º) de la Resolución Nº 9495/2017 de 12 de diciembre de 2017: por Internet o en medios magnéticos en los locales de las redes de cobranza habilitadas, hasta el 30 de abril de 2020.
Pago:
1era. cuota 29 de mayo 2020.
2da. cuota 31 de agosto 2020.
3era. cuota 30 de octubre 2020.
Electrónicamente vía Internet o a través de redes de cobranza habilitadas, sin perjuicio de lo dispuesto en el ordinal 28.
– Por inmuebles urbanos, suburbanos y rurales sin explotación agropecuaria:
Pago: electrónicamente vía Internet o a través de redes de
cobranza habilitadas.
1era. cuota Entre el 2 de enero y el 29 de mayo de 2020
2da. cuota Entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2020
3era. cuota Entre el 16 de setiembre y el 30 de octubre de 2020.