El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) publicó un informe sobre la situación de la Unidad Nº13 (Cárcel Las Rosas). Su elaboración estuvo a cargo de profesionales del equipo del MNP quienes contaron con la colaboración de especialistas en medicina y nutrición (en el marco del Convenio de colaboración de la Facultad de Medicina a través del Dpto. de Medicina Legal y Ciencias Forenses con la INDDHH).
Para este informe se realizaron tres visitas – 8 de octubre y 15 de noviembre de 2018 y el 21 de marzo de 2019 – y se complementa con dos anexos, uno en materia de salud y el segundo sobre alimentación y nutrición.
Como punto de partida, el informe da seguimiento a las recomendaciones realizadas en materia de seguridad previamente por el MNP. En este sentido, se consigna como avance la decisión de no contar más en dicha Unidad con un sector de seguridad (Orden de Servicio Nro. 43-2018). Sin embargo, se detalla que “en particular se debe investigar y constatar cómo afecta esta decisión en el contacto de la persona privada de libertad con su familia y vínculos sociales de acuerdo a las Reglas de Mandela Nro. 58 b) y 59”.
En segundo lugar, en el informe se describen las características generales del servicio de salud en la Unidad y se realiza una serie de recomendaciones. En particular, se recomienda que se provea de los recursos humanos profesionales (psiquiatras y psicólogos) a fin de dar la atención necesaria y debida a las personas que padecen problemas de salud mental, que se ajusten las coordinaciones médicas y quirúrgicas con la disponibilidad de móviles para los traslados brindando la oportunidad u opción al interno y a su familia para cambiar el día de visita; implementar un sistema que mejore el seguimiento y control de personas con patologías crónicas no transmisibles y que se garantice los tratamientos adecuados en tiempo y forma para los portadores de VIH.
Por último, el informe aborda la situación en materia de alimentación de la Unidad. Se realiza un análisis exhaustivo de la dieta que recibe la población privada de libertad. Vale señalar que es la primera vez que se cuenta en Uruguay con un análisis de éstas características. Allí se señala que la “ingesta real estimada es insuficiente para cubrir los requerimientos de grasas, fibra, hierro y calcio tanto de los hombres como de las mujeres. La ingesta es suficiente en proteínas para hombres y mujeres. Tanto los requerimientos energéticos como los de hidratos de carbono son suficientes para mujeres, pero insuficientes para los hombres. Se destaca especialmente el bajo aporte de fibra tanto para hombres como para mujeres, como el escaso aporte de hierro de la dieta de las mujeres quienes se encuentran todas en edad fértil”.
El informe finaliza con las siguientes seis recomendaciones en materia de alimentación: 1) mejorar las condiciones edilicias y de higiene de todos los sectores tanto de recepción, almacenamiento, elaboración y distribución de las comidas; 2) realizar controles de plaga de forma periódica, dejando los registros correspondientes a efectos de realizar un correcto control del mismo; 3) capacitar en manipulación de alimentos de las personas privadas de libertad que se dedican a las tareas de la cocina, así como la adquisición de carné de salud; 4) realizar de forma urgente el mantenimiento del desagüe de la Unidad de elaboración de alimentos; 5) habilitar un espacio de cocina en el Sector Femenino y 6) implementar un sistema de registro de las personas privadas de libertad que tienen indicación de dieta, especificando la patología que justifica la misma.
Fuente Imagen: INDDHH.