El pasado 4 de julio se aprobó Ley Nacional de Sitios de memoria Histórica del Pasado Reciente Nº 19641, y el 31 de octubre se constituyó la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria en cumplimiento de dicha ley. Los Sitios de Memoria, por su valor testimonial, constituyen instrumentos a disposición de los Estados para cumplir sus obligaciones en materia de Justicia, Verdad, Memoria y Reparación. Una Política Pública de Sitios de Memoria tiene por cometido el reconocimiento y preservación integral de los Sitios de Memoria, por lo que el Estado tiene el deber de garantizar su preservación, su funcionamiento, gestión y sustentabilidad.
Son numerosos, no casos aislados, los atentados que se han realizado últimamente contra diversas marcas que señalan Sitios de Memoria en diferentes lugares del país. Mencionemos algunos de ellos: los Memoriales de Detenidos Desaparecidos en el Cerro de Montevideo, del Penal de Libertad, de Bella Unión; las placas por Julio Castro en Salinas, por Wilson Ferreira Aldunate en el puerto de Montevideo, por el Contralmirante Oscar Lebel. Los lugares que funcionaron como Centros Clandestinos de Detención: Batallón 13 – Servicio Material y Armamento (“300 Carlos”), Fusileros Navales (FUSNA), ex Centro General de Instrucción para Oficiales de Reserva (CGIOR), Hospital Militar.
La Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria, las organizaciones sociales y organismos del Estado que la integran, repudia el atentado cometido contra el Espacio de la Memoria a los detenidos desaparecidos en Mercedes, Departamento de Soriano y el perpetrado contra la placa de memoria por Ruben Walter Canziani Fachin, en Montevideo y reafirma su fin de promover la democracia y vigencia de los derechos humanos mediante la recuperación, construcción y difusión de las memorias colectivas, a través del establecimiento de los Sitios y Espacios de Memoria. Llama a las autoridades competentes a cumplir sus obligaciones investigando cada uno de esos episodios, identificando y responsabilizando a sus autores y tomando las medidas necesarias para que este tipo de situaciones no se vuelvan a repetir. Exhorta a la sociedad toda a participar en la construcción de la Memoria Colectiva, Plural y Democrática.
Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria (Ley 19.641).
Montevideo, 21 de febrero de 2019
MÁS INFORMACIÓN: la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria fue creada por la ley 19641 de Sitios de Memoria. Tiene la responsabilidad de recibir, instruir y resolver las solicitudes de declaración y creación de Sitios de Memoria Histórica. Está integrada por un miembro de la Institución Nacional de Derechos Humanos, quien la preside y ocho miembros: un delegado del Ministerio de Educación y Cultura, un delegado de la Universidad de la República, un delegado de la Administración Nacional de Educación Pública, dos delegados de dos organizaciones sociales destacadas en la lucha por la memoria y los derechos humanos y tres delegados de la Red Nacional de Sitios de Memoria
Detalle de integrantes: Mariana Mota (INDDHH); Nicolás Pons por el Ministerio de Educación y Cultura; Gerardo Caetano por la Udelar; Verónica Massa por la Administración Nacional de la Educación Pública; Verónica Mato, Elbio Ferrario y María Julia Izaguirre por la Red Nacional de Sitios de Memoria; Ivonne Klinger, Ángeles Michelena, Baldemar Taroco y Adriana Cabrera por Crysol y Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos; Dahiana Barrales, Corina Ferreira, Sergio Frantchez, Camila Mayo y Enzo Téliz por las comisiones por la memoria de Soriano, Tacuarembó y Treinta y Tres.
Correo de contacto: cnhsm@inddhh.gub.uy
Fuente Imagen: https://crysol.blogspot.com
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