Sociedad Uruguaya

MGAP: Empresas que brindan servicios de aplicación de plaguicidas deberán contar con un Técnico de Referencia

plaguicidasEl Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) impulsa un artículo en la Rendición de Cuentas que establece que Empresas que brindan servicios de aplicación de plaguicidas  deberán contar con un Técnico de Referencia Ingeniero Agrónomo.

Compartimos el fundamento el MGAP realizado en la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda de la Cámara de Representantes el pasado 4 de julio.

La delegación del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca estuvo integrada por el ministro, ingeniero agrónomo Tabaré Aguerre; el subsecretario, ingeniero agrónomo Enzo Benech; el director general de la Dirección General de Secretaría, doctor Alberto Castelar; la asesora, doctora escribana Cecilia Riera; el director general de Recursos Acuáticos de la Dinara, Daniel Gilardoni; el director general de Servicios Agrícolas, ingeniero agrónomo Federico Montes; el director general de Desarrollo Rural, veterinario José Olascoaga; el director de Comunicaciones, licenciado Juan Andrés Elhordoy; la directora de Recursos Naturales, ingeniera agrónoma Mariana Hill; el subdirector de OPYPA, ingeniero agrónomo Adrián Tambler; el director de Servicios Ganaderos, doctor Eduardo Barre, y el director de Sanidad Animal, doctor Carlos Fuellis.

MINISTRO DE GANADERÍA, AGRIGULTURA Y PESCA.

A continuación, pasaremos a considerar el artículo 93, que tiene un sustitutivo que es bastante distinto al original que les enviamos. Por lo tanto, voy a leer el primer párrafo. Dice así: «Dispónese que las empresas que brindan servicios de aplicación de productos fitosanitarios (plaguicidas) que realicen aplicaciones con equipos pulverizadores mecanizados (aéreos o terrestres), en cultivos agrícolas extensivos (cereales, oleaginosos y/o forrajeros), deberán contar con un Técnico de Referencia Ingeniero Agrónomo, registrado por la Dirección General de Servicios Agrícolas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca».

¿Cuál es el espíritu de esta norma? En la introducción hablamos mucho de la conservación de los suelos y de la implementación de una política moderna en materia de conservación de suelos. Al terminar la introducción, hablamos de la enorme posibilidad que tiene nuestro país de ponerle un segundo piso a la producción con un uso inteligente del agua, ley de riego que está en ciernes. También es cierto que la intensificación sostenible, que es el segundo pilar de nuestra política, requiere tener cada vez mayor control y mayor precisión en las aplicaciones de los agroquímicos que vienen asociados a esa intensificación.

El objetivo del artículo 93 es empezar a instrumentar medidas tendientes a minimizar los riesgos que se derivan de una mayor aplicación de fitosanitarios, sobre todo, por los problemas que pueda haber en el ambiente o en la salud. No se trata solamente de instrumentos vinculados al control de la aplicación de acá en adelante; la política se viene desarrollando desde hace mucho tiempo. El primer instrumento de política es el registro del producto fitosanitario. Cualquier producto fitosanitario que se registre en el Uruguay debe cumplir con una cantidad de información nacional e internacional proveniente de los distintos países donde esa molécula esté registrada y en qué condiciones está autorizado su uso.

Después de todo un trámite que implica el análisis comparado de qué ocurre con ese producto en esos países y en esos cultivos se realiza la autorización del registro. Esta autorización establece qué nivel de toxicidad puede tener el producto -Grado 1, 2 o 3-, qué dosis se tiene que aplicar y sobre qué cultivos. Ese es el primer nivel de control sobre la aplicación de los agroquímicos.

El segundo nivel tiene que ver con quiénes son los que aplican. Al respecto, hemos enfocado una política de tipo educativo-preventivo que ha apuntado a mejorar la capacitación de quienes realizan la actividad de aplicar. En este momento, estamos a pocas semanas de que se ponga en práctica a nivel comercial la instalación de unos equipos de comunicación permanente que van a estar en todas las máquinas de aplicación terrestre -sean mosquitos o máquinas autopropulsadas- que están registrados en el Ministerio, que nos van a permitir saber en qué lugar está aplicando cada uno de los equipos, en qué condiciones de viento lo está haciendo y qué productos está utilizando.

Uruguay tiene una norma que dice que una empresa de aplicación debe comunicar diariamente que aplicó, qué aplicó y en qué lugar lo hizo. Ahora, si no podemos hacer el control respectivo, esa norma no sirve de nada. Lo que estamos haciendo es establecer una disposición que determina que cada equipo de aplicación tiene una unidad de comunicación.

Este es un equipamiento novedoso que no existe en el mundo; se desarrolló en el Uruguay, y lo que nos ha demorado más fue el proceso de homologación que se ha llevado adelante por parte del LATU. En este momento, tenemos dos empresas que tienen equipamiento patentado y homologado y estamos a la espera de que haya una tercera empresa proveedora para realizar esta reglamentación en el marco de una mínima competencia entre los proveedores. Cumplida esa etapa, vamos a tener los productos registrados, los predios que mediante la regulación del uso de suelos -planes de uso mediante- están identificados con un plan de rotaciones, un equipo que está trasmitiendo si se está realizando una aplicación sobre un área agrícola, también las que se realizan en áreas que no forman parte de los planes de uso y manejo de suelos, y eso nos va a permitir asegurar una mejor fiscalización, porque reitero: podemos tener todas las normas, pero si no tenemos los instrumentos de fiscalización, no podemos controlar si se cumplen.

Para que se entienda gráficamente, esto es como estar en una torre de control y ver en una pantalla dónde están ubicados los aviones. O sea, estamos apuntando a que, en tiempo real, en algunas de las dependencias de la Dirección General de Servicios Agrícolas, sepamos dónde están los distintos aplicadores. Por supuesto que la perfección no existe, pero hoy no tenemos otra cosa que el mecanismo de la denuncia. ¿Cómo opera la Dirección de Servicios Agrícolas? Va a atender una denuncia de un vecino que dice que le aplicaron con viento, que tuvo daño sobre tal o cual cultivo. Hay un lugar claramente definido en la página web del Ministerio para recibir denuncias y nuestro compromiso es responder a cualquier denuncia en menos de 24 horas, pero si no hay denuncia, no estamos ejerciendo ningún tipo de control, es un sistema antiguo. Lo que estamos proponiendo es un sistema que nos permita una gestión moderna de algo tan importante como los agroquímicos, como defensivos agrícolas que son importantes para la competitividad de los procesos productivos que el Uruguay tiene que hacer hoy, pero que deben ser bien manejados, respetando las normas y las condiciones para que los efectos colaterales estén dentro de lo aceptable desde el punto de vista científico.

¿Dónde entran la parte de la responsabilidad del productor y la parte de tener los profesionales vinculados a los productores para hacer nexos, para mejorar la comunicación previa o para mejorar la comunicación posterior frente a un eventual problema? Hoy hablamos de que en la certificación de la cadena ganadera, que se hace mediante el sistema de acreditación, hay más de mil veterinarios privados. En este momento, no estamos planteando arrancar de esa manera; ni siquiera estamos planteando la obligatoriedad de que todos los productores de este país tengan un agrónomo responsable de esa aplicación. Lo que estamos diciendo es que las empresas que se dedican a proveer un servicio de aplicación deben tener un técnico de referencia.

El doctor Federico Montes, director de Servicios Agrícolas, puede tener algo para agregar.

MONTES (Federico).- Con este paso que estamos dando en un tema muy importante para el país como es el uso seguro de agroquímicos, queremos avanzar en la conformación de una plantilla de técnicos referentes tanto para las empresas aplicadoras como para los productores, de manera de irlos integrando a los cursos de capacitación que venimos realizando. Cada año, tendremos unos setecientos u ochocientos participantes en los cursos sobre manejo de agroquímicos, generalmente, dirigidos a los aplicadores, a los que manejan una máquina. Sin embargo, nos hemos ido encontrando con dificultades, a veces, por la evolución de los principios activos y necesitamos tener también una red de profesionales, para poder organizar cursos de capacitación específicos y netamente preventivos para cualquier molécula nueva que pueda salir, a efectos de que en el día de mañana podamos explicar algo referente a ese tema.

Como observarán, ponemos un registro departamental, porque, a veces, nos encontramos con dificultades específicas de un departamento. Eso nos posibilitaría focalizar una problemática y abordarla desde el punto de vista técnico, de capacitación, para poder establecer y fortalecer esto que mencionaba el ministro en cuanto al monitoreo satelital perfectamente objetivo, además de la capacitación de una red de profesionales que colabore y fortalezca el sistema que estamos implementando.

LAFLUF HEBEICH (Omar).- Quiero hacer una consulta a este respecto. ¿El asesoramiento profesional es particular de la empresa? De hecho, la mayoría vende servicios a grandes consorcios agrícolas. Por ejemplo, una empresa muy grande, de 120.000 hectáreas, tiene su equipo de ingenieros agrónomos. ¿Pueden ser los supervisores de esa empresa que le vende servicios? ¿O la empresa que vende servicios tiene que tener un ingeniero agrónomo propio para el asesoramiento?

Por otro lado, hace algún tiempo y a raíz de múltiples reclamos de los apicultores, se había hecho un registro de empresas aplicadoras, fumigadoras -supongo que debe estar funcionando-, que también debían tener asesoramiento. ¿Cómo ha funcionado el sistema? Había obligación de aviso previo de en qué predio se iba a aplicar, qué día, qué efecto, qué producto, etcétera, para que los productores apícolas pudieran cerrar sus colmenas. Hemos tenido reclamo de los apicultores, que han venido al Parlamento a decir que eso se ha respetado poco.

ANDÚJAR (Sebastián).- Quiero hacer una pregunta con relación a la presentación que se hizo sobre aplicaciones de productos fitosanitarios.

Los productores de este país y de algún departamento en particular están un poco desorientados en cuanto a qué es lo que rige, si la normativa nacional o la departamental. Sabemos que muchos departamentos tienen su propia normativa en cuanto a las aplicaciones. Podemos nombrar algo que se viene -que va a ser bastante confuso y debatido-, que son las ruralidades canarias y el no ordenamiento del uso de suelo rural en el departamento de Canelones, que en otros departamentos se está observando como para poder implementarlo posteriormente. Creo que es importante determinar qué prevalece y si hay un sentido común respecto de este tema.

MONTES (Federico).- Con respecto al técnico referente, no estamos buscando que necesariamente pertenezca a la empresa aplicadora, sino que esta tenga un referente técnico, que puede ser el productor o quien indica la aplicación. Resulta relevante para nosotros que la empresa aplicadora sepa a quién llamar ante cualquier duda o consulta, por ejemplo, si hay un evento climático como viento o se dan condiciones de volatilidad del producto al momento de estar aplicando. Tal vez, la empresa aplicadora, por su tamaño, decida tener o ya tiene algunos referentes. Quiere decir que el referente de la empresa puede ser propio o externo.

MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA.- Con respecto a la segunda pregunta del señor diputado Lafluf Hebeich, el espíritu de la georreferenciación de los apiarios con la información de las aplicaciones presuponía el mecanismo de aviso entre un privado y otro privado. El sistema no ha funcionado bien porque es complejo. Ahora estamos en una etapa en la que de manera obligatoria los apicultores tienen que declarar anualmente el número de colmenas y su localización georreferenciada.

La trashumancia, es decir, el movimiento de apiarios de un lugar a otro, no es una práctica mayoritaria, pero existe en el Uruguay. Hay muchos apicultores que mueven las colmenas, que hoy tienen el apiario en determinado lugar y en cuatro meses lo cambian para hacer un servicio de polinización en un semillero. En este preciso momento, estamos generando los mecanismos informáticos necesarios para que el apicultor, mediante una aplicación en su tableta o celular, pueda comunicar los cambios que realice. Eso va a ingresar en una capa de información que va a estar disponible. Aquí hay un tema que debe primar: la ignorancia de la ley no es excusa. Hay determinadas condiciones en las cuales se debe hacer una aplicación, pero quien aplica un producto registrado en un cultivo que forma parte de una actividad económica normal cumpliendo con las condiciones de aplicación, tiene todo su derecho a hacerla. Lo que nosotros queremos generar son dos capas de información; es

decir, que quien va a instalar un apiario pueda saber que en ese lugar está previsto que haya un cultivo de maíz en la próxima primavera, y que quien va a realizar una aplicación hoy en este cultivo de maíz sepa que del lado de atrás del bosque de eucalipto hay una apiario, que él no sabe que está. Entonces, poniendo a disposición esas dos capas de información, cada privado tiene que hacerse cargo de sus responsabilidades. Además, como el monitoreo de aplicación se va a hacer en tiempo real, queda registrado si aplicó con 40 kilómetros de viento en dirección del apiario.

Por supuesto que el sistema no es perfecto y no nos va a librar de ese conflicto permanente. Un caso de coexistencia compartida de dos actividades que están interactuando en el territorio podría ser el de alguien que pagó un arrendamiento para plantar maíz y trata de ejercer su derecho a hacer ese cultivo, para el cual hizo la inversión y está pagando la renta y a 500 metros de ahí un apicultor pone las colmenas, sabiendo que las abejas tienen un radio de vuelo de 2,5 kilómetros. Allí hay un problema que nosotros no lo vamos a resolver, salvo que tengamos normativas claras, mecanismos de control y mucha información para que los usuarios que están coexistiendo con sus actividades en un espacio y en un tiempo puedan mejorar su toma de decisiones.

Quiero aclarar que en algún momento pensamos que ese servicio lo teníamos que dar nosotros como Ministerio. Es decir, nosotros íbamos a recibir la información del que iba a aplicar y le teníamos que comunicar cuál era la situación. Inclusive, habíamos llegado a diseñar un sistema de comunicación por correo electrónico y por SMS para el dueño del apiario que estaba en un determinado lugar. Después nos dimos cuenta de que cualquier falencia del sistema de comunicación o de uno de los dos privados en recibir la información o suministrarla, nos iba a dejar a nosotros como administración en el medio de un lío entre dos privados. Por lo tanto, cambiamos nuestra propuesta y estamos yendo a un sistema -que forma parte del Sistema Nacional de Información Agropecuaria- que lo que hace es disponibilizar información en tiempo real para que los usuarios mejoren su toma de decisiones, y nosotros fiscalizamos las desviaciones a la normativa, cosa que hoy, reitero, no podemos hacer.

No sé si advirtieron que cuando pusimos el ejemplo de la política de suelos, mostramos una lámina en la que está la planificación de la rotación de los suelos y al lado hay una zanja, una cárcava de erosión de 1 metro de profundidad. En la que está la cárcava dice autopsia y en la otra, medicina preventiva. ¿Por qué? Porque el sistema de control de suelo que tenía el Ministerio era multar a alguien que hacía una cárcava. Y cuando se multa a un productor porque hizo una cárcava, en realidad, lo que se está haciendo es certificar la defunción de ese suelo. Porque si 1 centímetro de suelo demora cien años en formarse, después de que hay una zanja de 2 metros de profundidad, con la multa no se arregla nada. Por lo tanto, vamos hacia un sistema de prevención; es decir, saber cuál es la capacidad de uso que tiene ese suelo y si no tolera agricultura continua. Después de veinte años de validación de la ecuación universal de pérdidas de suelos en el Uruguay realizada por la Facultad de Agronomía y el INIA, nosotros la transformamos en una política pública. Hoy hay 1.500.000 de hectáreas que están sometidas a la comparación de imágenes satelitales, y eso está lejos de ser perfecto. Con la aplicación de agroquímicos queremos hacer más o menos lo mismo, pero con una diferencia. La mayor parte de la aplicación de agroquímicos va a estar arriba de superficies que hoy forman parte de un plan de uso y manejo de suelos.

En cuanto a la pregunta del señor diputado Sebastián Andújar, quiero señalar que la propuesta de normativa apunta, primero, a la identificación de productores y parcelas; segundo, al registro de planes; tercero, al monitoreo en tiempo real de las aplicaciones de agroquímicos, y cuarto, a un sistema de información que haga interoperables todos los registros y todos los sistemas, para poder ejercer una fiscalización adecuada, y no a actuar como actuamos ahora, que es contra la denuncia. Cuando actuamos contra la denuncia, podemos estar haciéndolo por una denuncia fundada o porque alguien ve cualquier aplicación de agroquímicos como algo malo, y también podemos no estar actuando porque no hubo denuncia. Entonces, terminamos legislando por la excepción. Y cuando digo legislando, me refiero a nivel nacional y a nivel departamental. Y si legislamos por la excepción -me estoy metiendo en la materia de ustedes-, cometemos un error. Entonces, apuntamos a generar sistemas de información que permitan fiscalizar y tomar mejores decisiones a quienes tienen que hacerlo.

Con respecto a las competencias, quiero señalar que todas las vinculadas a la aplicación de agroquímicos son del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Lo que nosotros estamos planteando son las normativas, pero la ley de ordenamiento territorial -ustedes lo saben mejor que yo- da determinadas competencias a los gobiernos departamentales que les permiten establecer determinados objetivos por el uso de los territorios. La normativa a nivel nacional en materia de aplicación de agroquímicos es una normativa del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Fuente Imagen: www.forumformacion.es

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