aduanasLlamado Nº 0181/2016.

Técnico en Administración – MEF – Dirección Nacional de Aduanas.

Información General.

Tipo de Vínculo: Contrato de Provisoriato.

Nombre del puesto: Técnico en Administración.

Período de postulación: 02/01/2017 – 31/01/2017.

Tipo de Tarea: Técnico – Administrativas.

Estado: Abierto.

Retribución: $ 52.473,71 nominales a valores de enero 2016.

Carga horaria: 40 horas semanales.

Lugar de desempeño:

Dirección Nacional de Aduanas, sin perjuicio de la atención a situaciones emergentes en todo el territorio nacional.

Tiempo de contratación:

Máximo 15 meses en régimen de contrato de provisoriato. Transcurrido dicho plazo y previa evaluación, el funcionario podrá ser incorporado en un cargo presupuestado.

Organismo y Cantidad de Puestos

Ministerio de Economía y Finanzas – Dirección Nacional de Aduanas

Puestos: 5.

Otras condiciones de trabajo

Nombre: Técnico en Administración

Escalafón: B

Grado: 3

Denominación: Técnico

Serie: Técnico

Requisitos excluyentes

1) Titulo Técnico en Administración, expedido por la Universidad de la República o su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por autoridad competente.

2) Experiencia igual a 2 (dos) años en tareas administrativas en sector Público y/o Privado.

Incompatibilidades

Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

Medios de Postulación: www.uruguayconcursa.gub.uy

Más Información en https://www.uruguayconcursa.gub.uy/Portal/servlet/com.si.recsel.verllamado?8848