Sociedad Uruguaya

Llamado a 20 Escribanos en el MEC para varios puntos del país

mec uruguayLlamado Nº 0011/2016.

Escribano/a – MEC – Dirección General de Registros

Información General

Tipo de Vínculo: Contrato de Trabajo

Nombre del puesto: Escribano/a

Período de postulación: 01/02/2016 – 22/02/2016

Tipo de Tarea: Profesionales.

Estado: Abierto.

Retribución:         $32.000 a valores de enero de 2015.

Carga horaria: 40 horas semanales.

Lugar de desempeño:

Localidades a las que se postula. Montevideo, Treinta y Tres, Flores, Florida, Lavalleja, Salto, Río Negro, Maldonado, Soriano, Paysandú, Pando, Canelones, y Rocha.

Tiempo de contratación:         Hasta dos años y prórrogas por idéntico plazo.

Organismo y Cantidad de Puestos: 20 puestos.

Ministerio de Educación y Cultura – Dirección General de Registros.

Otras condiciones de trabajo.

Deberá tener disponibilidad para realizar tareas fuera del departamento de residencia y trabajo habitual, cuando las necesidades del servicio así lo requieran, recibiendo los viáticos que correspondan de acuerdo a la normativa vigente.

Requisitos excluyentes

Título de Escribano Público, expedido por la Universidad de la República o su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por autoridad competente, habilitado por la Suprema Corte de Justicia (jura ante la Suprema Corte).

Incompatibilidades

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

Medios de Postulación: www.uruguayconcursa.gub.uy

Más Información en: https://www.uruguayconcursa.gub.uy/Portal/servlet/com.si.recsel.verllamado?7006

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