Ante la existencia de versiones confusas sobre los derechos y obligaciones de trabajadoras y empleadoras del sector doméstico, que no condicen con los contenidos de los convenios colectivos surgidos en el marco de los Consejos de Salarios del Grupo 21 Trabajadoras del hogar o servicio doméstico, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social informa:
• El Poder Ejecutivo reconoce únicamente como contrapartes legítimas en el Grupo 21 de los Consejos de Salarios, en representación del sector empleador a la Liga de Amas de Casa, presidido por la señora Mabel Lorenzo y por parte de las empleadas, al Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas (SUTD), presidido por Graciela Espinosa.
• Los profesionales y técnicos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social brindan información y asesoramiento completamente gratuito a ambas partes, tanto trabajadores como empleadores, en sus sedes de Montevideo y en las 42 Oficinas de Trabajo presentes en todo el país.
Los interesados pueden consultar al Servicio de Atención Telefónica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a través de la línea gratuita 0800 7171 o por correo electrónico consultas@mtss.gub.uy así como informarse en la página web del ministerio www.mtss.gub.uy .
• Adicionalmente, tanto la Liga de Amas de Casa, como el Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas, brindan información sobre derechos y obligaciones expresados en los convenios colectivos del sector.
La Liga de Amas de Casa se encuentra en Carlos Quijano 1280 (teléfono 29021112; página web: ligadeamasdecasa.com.uy). mientras que el Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas funciona en la sede del PIT CNT, Jackson 1283 (teléfono 24096680, 24092267, correo electrónico: sutd@adinet.com.uy).
Fuente Imagen: www.subrayado.com.uy
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