Uruguay no cuenta con una ley específica sobre la trata de personas, aunque en los últimos años hubo avances a nivel legislativo. Existe una ley sobre violencia sexual comercial o no comercial contra niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad, que data del año 2004. La ley de Migraciones del año 2007, incluye los delitos de trata y tráfico. Finalmente, la ley de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, del año 2009, incluye ambos delitos, lo que permite que estos sean tratados por los juzgados del crimen organizado.
Pero no obstante los precarios avances legislativos, todavía se está muy lejos de lograr verdaderos logros a nivel de investigación y protección de las víctimas por parte de la policía y del propio sistema judicial. Diana González, abogada especializada en el tema, dijo que si bien existió siempre “una buena actitud en muchos policías, no hay llegada a la situación real”. González afirmó que sí se repiten “importantes denuncias de mala praxis: filtración de información, no credibilidad de lo que la víctima planteaba (y por lo tanto exposición a riesgos) y muchos prejuicios respecto de las víctimas. Lo que estaba en el discurso y en las acciones era: a ella le gustaba, lo hizo, optó por esto y ahora que se aguante”. La abogada explicó que para manejar este tipo de casos se debe contar con un “equipazo de investigación”, que debe “manejar muy bien el tema género y derechos sexuales, lo cual implica revisar en la policía todos sus estereotipos”.
Fuente: (Brecha, Mariana Contreras, págs. 10-12; 04/04/2012) y Voz y Vos El Abrojo.