El jueves 9 de febrero se realizará la presentación del decreto de aplicación a efectos jubilatorios de los beneficios que prevé la ley del artísta.
Dicho decreto determina el tiempo ficto que se adicionaría por ensayos al cálculo jubilatorio previsto en el Estatuto del Artista y Oficios Conexos (Ley 18.384) estableciendo que:
* Los ensayos con remuneración se tomarán de acuerdo al tiempo real de ensayo,
* Los ensayos sin remuneración se inscribirán pero su validación se hará
al momento del estreno,
*Los períodos anteriores a 2008 se probarán ante el BPS de acuerdo a la normativa general de jubilaciones, adicionándose fictamente un máximo de 3 meses por ensayo en cada obra.
La actividad se realizará el jueves 9 de febrero a las 14:00 hs, en el salón de actos del MTSS; y contará con la presencia del ministro de Trabajo y Seguridad Social; Eduardo Brenta y el presidente del BPS, Ernesto Murro.
Fuente: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.