La Intendencia Departamental de Canelones recuerda que están vigentes los decretos que ofrecen diversas opciones para cancelar obligaciones en materia de contribución inmobiliaria, urbana y suburbana y tributos conexos.
Decreto Nº 67.
Están contemplados en el presente decreto, jubilados, pensionistas y jefes de hogares monoparentales.
Se entiende por jefe de hogar monoparental a aquella persona que no convive en pareja y constituye el único responsable legal a cargo de los menores de edad con los que cohabita de forma permanente.
Se puede obtener exoneración parcial de deuda, si la vivienda es el único bien con destino habitación.
El valor imponible de la vivienda al año 2008 debe ser inferior a pesos uruguayos trescientos mil ($300.000).
Los ingresos mensuales de la familia deben ser inferiores a 5 salarios mínimos.
Se entiende por núcleo familiar al grupo integrado por el solicitante y quienes conviven con este en la misma unidad habitacional, así como las personas que habitan en unidades que aunque independientes, respecto de aquella, han sido construidas en el mismo padrón.
Decreto Nº 73.
Se aplica una sola vez y tendrán derecho aquellos núcleos familiares que destinen hasta el 6% (ingresos destinados a vivienda según ponderación de la canasta familiar del Instituto Nacional de Estadística) de los Ingresos totales y el importe resultante no les permita afrontar la deuda, que por tributos inmobiliarios mantienen al 31 de diciembre de 2008.
Se congela al 31 de diciembre de 2008 el monto de la deuda total, suspendiendo su exigibilidad.
El interesado deberá pagar de ahí en adelante sus obligaciones nuevas hasta cancelar igual número de cuotas como las suspendidas.
El contribuyente será reconsiderando buen pagador 2 años después de continuar abonando sus obligaciones con regularidad.
No debe atrasarse y está habilitado para solicitar espera y/o postergación, previo a tener la tercer cuota impaga.
Si dejara de cumplir con un solo pago de los tributos inmobiliarios que se vayan devengando en el ejercicio 2009 y siguientes, perderá todos los beneficios establecidos en esta norma y quedará sin efecto la suspensión de pago otorgada.
Decreto Nº 74.
Ofrece el beneficio de cancelar deudas por pago contado actualizado por IPC, sin multas ni recargos a todos los contribuyentes de contribución inmobiliaria, urbana y suburbana y tributos conexos.
Fuente: Intendencia de Canelones. www.imcanelones.gub.uy
quiero saber cuanto devo de patente la patente es aaf 8218 muchas gracias por su ayuda si me contestara selo agradeseria estoy en colonia por eso quisiera aberiguar para ponerme al dia
nesesito saber cuanto debe este vehiculo aab 7000 padron 50682 soy de la ciudad rivera desde ya muchas gracias, y ¿Como ago para pagar lo que debe el vehìculo?