La Comuna Canaria, a través del Cuerpo Inspectivo Municipal, sigue informando a los conductores y conductoras sobre la ley 18 456, que establece que es obligatorio empadronar o reempadronar el vehículo en el departamento donde reside la persona. En el mes de febrero se comenzará a fiscalizar y aplicar las correspondientes sanciones.
El Cuerpo Inspectivo Municipal de la Comuna Canaria está realizando, a través de la entrega de un volante, una campaña de divulgación de los alcances y obligaciones emanadas de la aplicación de la Ley 18.456. La norma establece que es obligatorio el empadronamiento o reempadronamiento del vehículo en el departamento donde reside la persona. “Canelones viene desarrollando la estrategia que definió oportunamente y que coordinó con intendencias como la de Montevideo y Florida. Tiene que ver en está primera etapa con la divulgación y notificación de los alcances de la ley 18.456”, dijo Marcelo Fernández, Director General de Tránsito y Transporte de la Comuna Canaria. Además el jerarca recordó que la norma fue sancionada en diciembre de 2008. “Transcurrió un año y los efectos de la misma comenzaron a regir a partir de enero de 2010. Por eso nosotros a través de estos volantes explicamos cuales son las obligaciones de las personas que circulan en vehículos empadronados en otros departamentos”.
Por su parte, Fernández explicó que a partir de febrero se comenzará con la etapa de fiscalización y control. “Entendemos primero que hablamos de una ley de orden público, por tanto de carácter imperativo para todos los habitantes de la república; y segundo porque hablamos de un principio de equidad tributaria y que hace básicamente a la necesidad de tributar donde se reside”. Además el Director General de Tránsito y Transporte explicó cuales son las sanciones para los conductores que están en infracción. “En una primera instancia se le va aplicar una taza, tal cual lo dispone la ordenanza de patentes de rodados del año 1967, que es el cobro de la diferencia que hubiera entre el tributo de patente de rodados donde abonó y lo que debiera haber pago en Canelones. Luego si la persona infractora no hubiera pago esa taza, o sea se mantuviera en infracción se va a proceder a lo que establece la ley; se va a requisar la matricula y por tanto se inhabilita la circulación de ese vehículo y se hará la correspondiente denuncia penal conforme a lo que estable el código penal en su articulo 239”.
Por otra parte, Marcelo Fernández dejó en claro que en ningún momento el Cuerpo Inspectivo de Canelones tomó la misma medida que en Montevideo, donde los funcionarios se negaron a realizar la fiscalización por no tener garantías. “En el caso de Canelones no ha habido ningún pronunciamiento por parte de Adeom ni del comité de base de los Inspectores de Tránsito. Mantenemos con ellos reuniones periódicas. Si en algún momento ellos tienen alguna duda del marco legal se les explicará los pasos que deben dar”.
El reempadronamiento en Canelones será sin costo para los vehículos que vuelvan al departamento y cumplan con los siguientes requisitos: acreditación de la titularidad del vehículo, acreditación del domicilio del titular mediante factura de ente público y la patente 2009 al día. También se informó que se está realizando financiación de deudas por patente de rodados y que el pago de deudas referidas a vehículos automotores tiene financiación incluyendo multas.
Fuente: Intendencia de Canelones. www.imcanelones.gub.uy