El hombre que mató a machetazos a su hijo fue finalmente procesado con prisión por el delito de “homicio muy especialmente agravado”. Sin embargo, sigue internado en el Hospital Vilardebó. En caso de comprobarse locura se dispondrá lo determinado por el artículo 30 del Código del Proceso Penal que dice textualmente que “no es imputable aquel que en el momento que ejecuta el acto por enfermedad física o síquica, constitucional o adquirida, o por intoxicación, se hallare en tal estado de perturbación moral, que no fuere capaz o sólo lo fuere parcialmente, de apreciar el carácter ilícito del mismo, o de determinarse según su verdadera apreciación”.
El delito por homicidio agravado prevé una pena de entre 15 y 30 años.
La decisión la tomó el Juez Letrado de 1º Instancia de Libertad, Dr. Pablo Misa