Las empresas de transporte otorgarán un descuento del 50% en los servicios de transporte entre el 1º de abril y el 31 de agosto de cada año, aplicable sobre el precio del boleto para jubilados, pensionistas y retirados, mayores de 60 años y cuya pasividad sea inferior a tres Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC), equivalente a $ 5.832. En el caso de los jubilados por incapacidad, no se exige un mínimo de edad. El beneficio es para las líneas nacionales de corta, media y larga distancia.
El resto del año, el descuento a otorgar por las empresas será del 30%.
El usuario deberá presentar el recibo de cobro al momento de adquirir el pasaje.
En cuanto a líneas metropolitanas, las empresas otorgarán un descuento del 50% aplicable sobre el precio del boleto común correspondiente, para jubilados, pensionistas y retirados mayores de 60 años con pasividades inferiores a tres BPC ($ 5.832 a la fecha) según conste en el último recibo de cobro.
Este beneficio también alcanza a los jubilados por incapacidad, pero en este caso no rige el tope de edad.
El descuento se otorgará para un máximo de 40 pasajes por trimestre y por usuario, debiendo éste indicar el origen y destino del recorrido para el cual se le otorgará el beneficio.
El precio de estos boletos no podrá ser inferior al de 12 Kms. carreteros, fijado por la Dirección Nacional de Transporte ($14 a la fecha).
Las empresas de transporte o las asociaciones que las nuclean, entregarán a dichos usuarios un carné con vigencia en cada año civil, cuya presentación habilitará a obtener el descuento dispuesto en todas las empresas con servicios en líneas metropolitanas que circulen por el recorrido seleccionado