La diputada suplente del Partido Colorado, Paola Pamparatto propone penalizar con penas de prisión de tres meses a tres años la omisión por parte de padres o tutores de informar a la autoridad los delitos que son sancionados penalmente que fueran cometidos por sus hijos o tutelados.

El emprendimiento fue presentado el 17 de diciembre de 2008: «Soy de las que creo que es un error echarle la culpa al Poder Judicial, como lo hacen muchos, o decir que todo se explica porque los adolescentes que delinquen son pobres, como lo hace el actual Gobierno», señala la representante por el departamento de Salto.

Desde su punto de vista, «también son pobres los policías que deben combatir el delito y gran parte de la población víctima de los delitos».

En el presente proyecto -dice Pamparatto- «me permito presentar, pretendo que mediante la incorporación de ciertos artículos se tipifique una figura penal que sirva para sancionar penalmente a padres de menores que delinquen, con el conocimiento y consentimiento de esos padres».

Recuerda que el Código de la Niñez y Adolescencia dice: «se es niño hasta los 13 años y adolescente de 13 a 18 años», y agrega la legisladores «que los padres tienen la obligación respecto a la crianza y desarrollo. Que los niños y adolescentes deben respetar el orden jurídico».

Asimismo, «también dice que un adolescente puede ser solamente detenido en caso de infracciones flagrantes (en el preciso momento de cometer el delito), o existiendo elementos de convicción suficiente sobre la comisión de la infracción y con orden escrita del Juez. La detención será una medida excepcional. Nadie puede identificar (dar nombre, domicilio, edad, etcétera) al adolescente, y si lo hace un funcionario, será suspendido en el cargo y del cobro de sus haberes; si lo hace un medio de comunicación será multado».

Por lo tanto, «si un adolescente comete un hurto o rapiña, luego de que se va a su casa y esconde lo hurtado en su casa, si lo descubren -cosa poco probable- se lo entregan a los padres como manda la ley. Posiblemente a los mismos padres que sabían que los bienes hurtados estaban en su casa».

Pamparatto afirma que «se pretende que los padres, en conocimiento de la inconducta de sus hijos, sean responsables por ello. No como sucede actualmente en que la Justicia o la Policía llama al padre para entregarle al hijo y se van ambos casi festejando para su casa, mientras que la víctima es la única que sufre».

Por ello propone que se sancione penalmente al padre, tutor o representante del menor.

Manifiesta además que «el legislador solo dictó el artículo 127 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que si se configuran elementos de convicción suficiente como para atribuirles responsabilidades penales a los padres, se pasarán los antecedentes al Juzgado que corresponde. Es una aspiración que no lleva a nada eso de pasar antecedentes para que en otro Juzgado se forme convicción suficiente».

Texto de la iniciativa

«Artículo 1º. El padre, tutor o responsable de un niño o adolescente que cometió actos que, de ser mayor de edad, merecerían sanción penal, y en conocimiento de ello no lo hizo saber a la autoridad policial o judicial, será sancionado con pena de prisión de 3 (tres) meses a 3 (tres) años de penitenciaría.

Artículo 2º. La autoridad judicial, en todos los casos de comisión de delitos por parte de niños y adolescentes, deberá realizar minucioso interrogatorio a los padres respecto del actuar de sus hijos y la participación o responsabilidad de ellos en la inconducta de aquéllos para la aplicación de la sanción prevista en el artículo 1º».