A partir del 12 de enero del 2009, los titulares de pasaportes de países que integran el Programa de Exención de Visas, estarán obligados a conseguir una autorización de viaje electrónica antes de embarcar hacia los Estados Unidos. Asimismo deberán cumplir con los requisitos necesarios como ser lectura óptica, foto digital o chip electrónico para poder viajar a los Estados Unidos.
Actualmente el Programa de Exención de Visas permite que los ciudadanos con pasaportes emitidos en los siguientes países puedan viajar a los EE.UU., por turismo o negocios sin visa: Alemania – Andorra – Australia – Austria – Bélgica – Brunei – Dinamarca – Eslovenia – España – Finlandia – Francia – Holanda – Irlanda – Islandia – Italia – Japón – Liechtenstein – Luxemburgo – Mónaco – Noruega – Nueva Zelanda – Portugal – Reino Unido – San Marino – Singapur – Suecia y Suiza
Cuando el Sistema Electrónico para la Autorización del Viaje (ESTA, por su sigla en inglés) entre en vigor, a partir del 12 de enero del 2009, todos los ciudadanos de países con exención de visado que planeen viajar a Estados Unidos, temporalmente por negocios o placer en el marco del Programa de Exención de Visado, necesitarán recibir una autorización electrónica del viaje antes de embarcar en un avión o un barco de crucero con destino a Estados Unidos. El requisito no afecta a los ciudadanos estadounidenses que viajen al extranjero.
Actualmente, los ciudadanos de países con exención de visado rellenan, durante el trayecto a Estados Unidos, el formulario I-94W, en el que proporcionan información básica biográfica, sobre el viaje y otros requisitos. Con el Sistema Electrónico para la Autorización del Viaje los viajeros con exención de visado proporcionarán esta información en línea antes de partir hacia Estados Unidos.
El Sistema Electrónico para la Autorización del Viaje determinará, casi inmediatamente en muchos casos, si una persona cumple los requisitos para viajar sin visado y si el viaje plantea algún riesgo para el orden público o la seguridad. La solicitud se podrá presentar en cualquier momento antes del viaje y, una vez aprobada, será válida por un periodo de dos años o hasta que caduque el pasaporte del solicitante si es antes de ese periodo. Las autorizaciones también serán válidas para entradas múltiples a Estados Unidos. Para facilitar el proceso de autorización, el Departamento de Seguridad Nacional recomienda que se presente la solicitud tan pronto como el solicitante comience a planear el viaje a Estados Unidos y no menos de 72 horas antes de viajar.
El 1 de agosto de 2008, el Departamento comenzó a aceptar solicitudes voluntarias a través de la página web del Sistema Electrónico para la Autorización del Viaje, https://esta.cbp.dhs.gov. Sin embargo, mientras esta autorización no sea obligatoria para todos los viajeros con exención de visado, seguirá siendo necesario completar el formulario I-94W durante el trayecto a Estados Unidos y presentarlo en el puerto de entrada al país.
Durante el último año fiscal, Estados Unidos recibió a más de 15 millones de visitantes con exención de visado. Los interesados en acceder a mayor información sobre el Sistema Electrónico para la Autorización del Viaje, pueden hacerlo en la página www.cbp.gov/travel
Fuente: Presidencia de la República. http://www.presidencia.gub.uy
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