Canasta para Jubilados y Pensionistas de Menores Recursos. Este beneficio comprende a los jubilados y pensionistas (incluye pensión vejez e invalidez) que perciban hasta $5.325 (3BPC) y que integren hogares cuyo promedio de ingresos no supere ese monto. En el caso de los pensionistas deberán tener 65 años o más de edad.
En la primera quincena de diciembre, con el cobro de la pasividad del mes de noviembre, los jubilados recibirán además del recibo habitual, un segundo recibo de similares características donde se especifica que es beneficiario de una canasta de fin de año por un valor de 300 pesos.
El titular de la pasividad o apoderado habilitado, deberá presentar en los comercios adheridos los dos recibos y la cédula de identidad y tendrá derecho a realizar una compra por un valor de 300 pesos. El comerciante retendrá el talón del recibo, el cual deberá ser firmado por el beneficiario y el vendedor.
Se publicará la lista de los comercios que participan de esta iniciativa y además, en la puerta de los locales, figurará un afiche que lo indica como comercio habilitado.
Se instrumentará a través del Banco de Previsión Social y contará con la colaboración de la ONAJPU en la difusión y asesoramiento.
Fuente: Banco de Previsión Social (BPS). http://www.bps.gub.uy