Sociedad Uruguaya

Acta Constitutiva del Consejo Consultivo de Córdoba

Se retrasmite mensaje recibido en este consulado general por el que se comunica la iniciativa de un grupo de uruguayos residentes en Córdoba (Argentina), de dejar constituido un Consejo Consultivo de la provincia cuya acta constitutiva adjuntan.
Atentos saludos,

CONURUCOR.

ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CORDOBA (R.A.)

En la Ciudad de Córdoba, en fecha 27 de Octubre de 2007, se acuerda constituir el Consejo Consultivo de la Provincia de Córdoba, Argentina, que agrupará y representará a los residentes uruguayos de esta Provincia a los fines que a continuación se enumeran:

1.- Será un organismo de participación ciudadana, independiente del Estado uruguayo, que incluirá a todos los residentes uruguayos de la Provincia que deseen libremente participar en el mismo. Tendrá forma de institucionalidad democrática y funcionarà descentralizadamente de acuerdo a las particularidades del lugar, procurando su relacionamiento con otros consejos consultivos.

2.- Agrupará a todos los residentes que sin distingos político-partidarios, ideológicos o credos religiosos,quieran participar en la difusión de nuestros valores culturales y nacionales, entre nuestra colectividad y en el ámbito provincial.

3.- Impulsará y apoyará las iniciativas orientadas a mejorar las condiciones de vida de los uruguayos en el país y el exterior, promoviendo espacios entre la colectividad para el desarrollo de nuestra cultura, tradiciones populares y particularmente del principio de la solidaridad entre connacionales.

4.- Promoverá acciones que permitan el ejercicio de los derechos cívicos de los uruguayos de la emigración y en particular bregará por una legislación que instaure el voto en el exterior de los uruguayos en los comicios nacionales de Uruguay.

5.- Junto a sus similares, apoyará y alentará la aprobación de una legislación nacional e internacional que garantice el acceso a la salud, educación y bienestar general de los uruguayos del exterior.

6.- Colaborará en la construcción del Registro de Nacionalidad y Ciudadanía, que es el registro voluntario de los integrantes de la colectividad.

7.- Funcionará vinculado al Consulado uruguayo en Córdoba y las oficinas del Servicio Exterior en Argentina, con la finalidad de cooperar, sugerir iniciativas y todos aquellos señalamientos que hagan del Consejo Consultivo, un referente de la sociedad civil ante el Servicio Exterior del País.

8.- Se acuerda un plazo de sesenta días, a partir de la fecha, para la redacción de un proyecto de Estatuto del Consejo Consultivo.

9.- Se designa una Comisión Provisoria compuesta por los residentes: Carlos Rodríguez Talamás; Elizabeth Martínez Scolástico; Jorge Eiris y Aldo Peruggia con el cometido de :

a) Redactar el proyecto de Estatuto.

b) Convocar a la asamblea de residentes con la más amplia participación, para la aprobación del Estatuto y la elección de autoridades.

c) Comunicar la presente constitución del C.C. a las autoridades pertinentes del Servicio Exterior uruguayo.

Firman :

Calo, Hosmar.

Riveiro, Rubí.

Stepanian, George.

Rivero, Walter.

Riveiro, Sol.

Servetti, Mauro.

Raña, Mirtha.

Eiris, Jorge.

Espasandin, José Antonio.

Rodríguez Martinez, Horacio.

Martinez Scolástico, Elizabeth.

Peruggia, Aldo.

Rodríguez Talamás, Carlos.

Fuente: Conexión Uruguay. http://www.conexionuruguay.gub.uy

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